1. Fijar unos estándares de belleza femenina considerados sinónimo de éxito.
2. Excluir a las mujeres de las decisiones económicas de mayor relevancia.
3. Representar el cuerpo femenino como objeto, esto es, como valor añadido a los atributos de un determinado producto; como su envoltorio, en definitiva.
La publicidad debería respetar...
- La integridad física y el derecho a la vida: Bajo ningún concepto se utilizarán mensajes que inciten a la agresividad, malos tratos o violencia contra las mujeres.
- La salud: Los productos anunciados no incitarán a un consumo que ponga en peligro la salud, evitándose especialmente la publicidad que pueda inducir a trastornos alimentarios invitando a seguir dietas peligrosas asociadas al éxito personal, profesional o social.
- La dignidad: El discurso publicitario no puede contener mensajes que atenten contra la dignidad de las mujeres o muestren situaciones denigrantes.
- La seguridad: Los mensajes publicitarios no deben incluir a comportamientos que impliquen riesgos o peligro para la seguridad de las niñas, adolescentes o mujeres en general.
- La igualdad: Deben rechazarse actitudes, comportamientos y situaciones discriminatorias o que incluyan mensajes sexistas que atribuyan a las mujeres un papel subordinado con respecto al hombre. En general, no serán reflejadas posiciones de inferioridad por razón de género o por cualquier condición personal o social.
No hay comentarios:
Publicar un comentario